Ley N° 1482

FirmantesDe-Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2004

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1482

CONDONA LA DEUDA QUE, EN CONCEPTO DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - A.B.L., MANTIENE CON EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS EL PUEBLITO DE POMPEYA, POR EL INMUEBLE SITO EN LA CALLE OSCAR N. BONAVENA 1459 EXPEDIENTE N° 65.808/2004. - CONDONACIÓN DE DEUDAS DE INMUEBLES - IMPUESTO A.B.L.

Buenos Aires, 14/10/2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Condónase la deuda total en concepto de Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza Territorial y de Pavimentos y Aceras y adicional fijado por la Ley Nacional N° 23.514, del inmueble sito en la calle Oscar Natalio Bonavena 1459, Partida N° 0106757, que se encuentra en posesión del Centro de Jubilados y Pensionados El Pueblito de Pompeya.

Artículo 2°

A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente Ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3°

Si correspondiera, el beneficiario se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4°

Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.482 (Expediente N° 65.808/04)...

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