Ley Nº 13.810 de 16 de Agosto de 2005

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTICULO 1º Adhiérese al "Régimen Nacional de Iniciativa Privada" y al "Régimen Nacional de Asociación Pública Privada", aprobados por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 966/05 y Nº 967/05, del 16 de agosto de 2005.
ARTICULO 2º Establécese que los Regímenes citados en el artículo precedente, serán aplicables a los proyectos de infraestructura, obras públicas,...

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