Ley Nº 10354

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2016
LUNES 27 DE JUNIO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 124
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER LEGISLATIVO
Ley Nº 10354 ............................................................... PAG. 1
Decreto Nº 755 ........................................................... PAG. 1
Ley Nº 10356 ............................................................... PAG. 1
Decreto Nº 756 ........................................................... PAG. 5
Ley Nº 10353 ............................................................... PAG. 5
Decreto Nº 754 ........................................................... PAG. 5
Ley Nº 10338 ............................................................... PAG. 5
Decreto Nº 212 ........................................................... PAG. 5
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 650 ........................................................... PAG. 6
Decreto Nº 648 ........................................................... PAG. 6
Decreto Nº 649 ........................................................... PAG. 6
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolucion Nº 1368 serie A ........................................... PAG. 7
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolucion Nº 170 ....................................................... PAG. 9
Resolucion Nº 164 ....................................................... PAG. 10
Resolucion Nº 163 ....................................................... PAG. 10
Resolucion Nº 162 ....................................................... PAG. 10
PODER LEGISLATIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10354
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Córdoba a la Ley Nacional Nº
26064 e institúyese el 12 de junio de cada año como “Día Provincial contra
el Trabajo Infantil”.
Artículo 2º.- Los tres Poderes del Estado Provincial dispondrán -en
sus respectivos ámbitos- la ejecución de las acciones orientadas a preve-
nir, combatir y erradicar el trabajo infantil en todo el territorio de la Provincia
de Córdoba.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
FDO. MARTÍN MIGUEL LLARYORA, VICEGOBERNADOR / GUILLERMO CARLOS
ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 755
Córdoba, 21 de Junio de 2016
Téngase por Ley de la Provincia N° 10.354, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / OMAR SERENO, MINISTRO DE TRA-
BAJO / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10356
Artículo 1º.- Modifícase el Radio Municipal de la localidad de Loza-
da, ubicada en el Departamento Santa María de la Provincia de Córdoba,
de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según
el plano confeccionado por la citada Municipalidad, el que como Anexo I
forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción de
los polígonos que se detallan a continuación:
Polígono Nº 1, formado por los siguientes lados:
Lado 1-2: de ciento once metros con ochenta y seis centímetros (111,86
m), que se extiende con rumbo Sudeste formando un ángulo de 137° 42’
06”, siguiendo la perpendicular al camino a la localidad de Toledo que la
separa de la Parcela 2134-4862 propiedad del señor Juan Domingo Maria-
ni, desde el Vértice Nº 1 (X=6499201,23 - Y=4397003,61), punto de inicio
del Polígono -sin materializar- hasta llegar al Vértice Nº 2 (X=6499118,49
-Y=4397078,89), mojón de hierro ubicado en el costado Sudeste del cami-
no a la localidad de Toledo.
Lado 2-3: de cuatrocientos veintiséis metros con noventa y seis centí-
metros (426,96 m), que se prolonga con orientación Sudeste deniendo un
ángulo de 131° 03’ 52” y atravesando la Parcela 2134-4663, hasta alcanzar
el Vértice Nº 3 (X=6498838,01 - Y=4397400,81), materializado por un mo-
jón de hierro esquinero del cuadro del ex ferrocarril.

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