Ley de Aprobación Inicial Nº 2813/GCABA/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2013

Exp. N° 2813/D/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar contratos e instrumentar las

obras necesarias para la construcción, instalación, puesta en funcionamiento,

operación y mantenimiento de una planta de tratamiento integral y de recuperación de

residuos sólidos urbanos por el método de separación mecánico biológica, por un

plazo de diez (10) años, prorrogable por diez (10) años más, en forma automática a su

vencimiento, sin necesidad de ratificación por las partes.

Art. 2° Desaféctease del distrito de zonificación Urbanización Parque-UP del Código

de Planeamiento Urbano, al polígono A, B, C y D delimitado en el Plano que como

Anexo I forma parte integrante de la presente Ley, correspondiente a la Parcela 2, Artículos 3 a 12

Manzana 1B, Sección 84, Circunscripción. 1 de Av. General Paz N° 17.122 y Av. 27 de

Febrero S/N°.

Art. 3° Desaféctase del distrito de zonificación Equipamiento Especial -E4 52 del

Código de Planeamiento Urbano, al polígono C, E, F, G, H, I y J delimitado en el Plano

que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley, correspondiente a la

Parcela 1, Manzana 1B, Sección 84, Circunscripción 1 de Av. General Paz N° 17.122 y

Av. 27 de Febrero S/N°.

Art. 4° Aféctanse los predios descriptos en los artículos 2° y 3° al distrito de

zonificación Equipamiento Especial E4 (N° a designar) Higiene Urbana del Código de

Planeamiento Urbano, según Anexo I.

Art. 5° Dentro de los predios delimitados en los Artículos 2° y 3° se deberá dar

cumplimiento a lo normado por la Ley Nacional N° 19.552.

Art. 6° Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4°, otórgase a la Cooperativa de

Vivienda, Crédito, Consumo, Recreación y Turismo, Reconstrucción Municipal

Limitada (Matrícula 12214), la concesión para uso gratuito y recreativo del predio

denominado Parque de Recreación N° 1 (Alte. Brown y/o Parque Ribera Sur), sito en

Av. General Paz y Av. 27 de Febrero de esta Capital.

Art. 7° El plazo de la concesión se fija por el término de diez (10) años, prorrogable

por diez (10)...

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