La ley habilita al acusado a pedir que se lo juzgue en la Argentina

Juan Darthés, durante una gira en Nicaragua, puede pedir que lo juzguen en la Argentina. Así lo establece la denominada ley de cooperación internacional en materia penal."Si el requerido para la realización de un proceso fuese nacional argentino, podrá optar por ser juzgado por los tribunales argentinos, a no ser que fuere aplicable al caso un tratado que obligue a la extradición de nacionales. Si el nacional ejerciere esta opción, la extradición será denegada. El nacional será juzgado en el país, según la ley argentina, siempre que el Estado requirente preste conformidad, renunciando a su jurisdicción, y remita todos los antecedentes y pruebas que permitan el juzgamiento", expresa el artículo 12 de la ley 24767.Existe un elemento en la norma que avalaría un eventual pedido del acusado, en caso de que quisiera ser juzgado en nuestro país: la Argentina y Nicaragua no suscribieron un tratado de extradición. "La ley establece que la posibilidad de que el proceso se desarrolle en la Argentina solo puede ser pedida por el imputado. No tienen este derecho ni la querella ni la fiscalía", explicó el abogado penalista y especialista en Derecho Internacional Público, Gastón...

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