LEY H-0494. Antiguedad en la funcion judicial (Antes Ley 14480)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación30 de Septiembre de 1958
Fecha de Sanción19 de Septiembre de 1958
Fecha de Promulgación22 de Septiembre de 1958

TEXTO DEFINITIVO LEY H-0494 (Antes Ley 14480) Sanción: 19/09/1958 Promulgación: 22/09/1958 Publicación: B.O. 30/09/1958

Actualización: 31/03/2013 Rama: H - Constitucional

ANTIGUEDAD EN LA FUNCION JUDICIAL

Artículo 1º

La antigüedad en el desempeño de la función judicial, es equivalente a la antigüedad en el ejercicio de la profesión de abogado exigida por la ley para ocupar cargos en la magistratura judicial o en el ministerio público.

LEY H-0494

(Antes Ley 14480)

Fecha de actualización: 14/02/2011

Artículo del texto definitivo Fuente

1 Art. 1 texto original

Art. 2, de forma, suprimido.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR