LEY H-1575. Creacion de defensorias públicas oficiales (Antes Ley 23575)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación27 de Julio de 1988
Fecha de Sanción29 de Junio de 1988
Fecha de Promulgación19 de Julio de 1988

TEXTO DEFINITIVO LEY H-1575 (Antes Ley 23575) Sanción: 29/06/1988 Promulgación: 19/07/1988 Publicación: B.O. 27/07/1988

Actualización: 31/03/2013 Rama: H - Constitucional

CREACION DE DEFENSORIAS PÚBLICAS OFICIALES

Artículo 1

Créanse ocho (8) Defensorías Públicas Oficiales para los tribunales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.

Artículo 2

Créanse los cargos que se indican en el anexo A de la presente Ley.

ANEXO A

Ministerio Público en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal

8 Defensores de Pobres, Incapaces y Ausentes de Primera y Segunda Instancia. Personal administrativo y técnico.

8 Prosecretarios Administrativos.

8 Auxiliares Superiores.

8 Auxiliares Superiores de 6a.

8 Auxiliares Principales de 6a.

Personal de servicios.

8 Auxiliares Principales de 7a.

LEY H-1575 (Antes Ley 23575) TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo Fuente

1 Art. 1, texto original. Se actualizó la denominación de la Defensoría en virtud de lo establecido por la ley de

Ministerio Público.

2 Art. 3, texto original

Anexo A Anexo I texto original, parte pertinente a Capital Federal.

Artículos Suprimidos:

Art. 2 fusionado a ley Jurisdicción Rosario. Art. 4 objeto cumplido

Art. 5, de forma.

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