LEY B-2603. Prohibicion de importacion de determinadas mercaderias incluidas en la nomenclatura comun del mercosur. (Antes Ley 25626)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAduanero
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación 9 de Agosto de 2002
Fecha de Sanción17 de Julio de 2002
Fecha de Promulgación 2 de Agosto de 2002
Artículo 1

Prohíbese la importación de las mercaderías individualizadas y clasificadas en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, elaborado bajo los auspicios del Consenso de Cooperación Aduanero, firmado en Bruselas, Reino de Bélgica, el 14 de julio de 1983, y modificado por su Protocolo de Enmienda hecho en Bruselas el 24 de junio de 1986, y sus notas explicativas que figuran en la Nomenclatura Común del Mercosur bajo N.C.M. 4012.10.00 Neumáticos (llantas neumáticas) recauchutados y 4012.20.00 Neumáticos (llantas neumáticas) usados.

Artículo 2

Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo anterior la importación de neumáticos remoldeados que clasifiquen por las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 4012.11.00, 4012.12.00, 4012.13.00 y 4012.19.00, con los límites y bajo las condiciones que se expresan a continuación.

A los efectos de lo previsto en este artículo, se entiende por neumático remoldeado a los neumáticos reconstruidos por sustitución de su banda de rodamiento, de sus

hombros y de toda la superficie de sus costados (recauchutaje de talón a talón), según la norma conjunta IRAM 113.323 - MERCOSUR NM 225.

Artículo 3

La importación de neumáticos (llantas neumáticas) remoldeados -N.C.M. 4012.11.00, 4012.12.00, 4012.13.00 y 4012.19.00- de cualquier origen sólo podrá autorizarse en cantidades iguales o inferiores al número de neumáticos (llantas neumáticas) usados -N.C.M. 4012.20.00-, del mismo tipo, que hayan sido exportados a ese destino desde la República Argentina, en forma previa a que se autorice tal importación.

Artículo 4

El Poder Ejecutivo nacional reglamentará las formalidades y procedimientos para autorizar la importación de neumáticos remoldeados de cualquier origen, previa verificación de la compensación con el número y el tipo de neumáticos usados exportados desde la República Argentina a ese mismo destino.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR