Ley 8311 / 2010. Ley del 30 de Junio de 2010. Aviso Nro: 15596

Fecha de la disposición 6 de Julio de 2010
Número de Boletín27319
Fecha de Publicación 6 de Julio de 2010

Ley N° 8.311 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1°

Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, a firmar en representación del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán con el Banco del Tucumán S.A., la Addenda al Contrato de prestación de servicios de fecha 08/07/1996, que fuera aprobada por Decreto N° 1226/3 (MP)-96 y sus modificatorias, de fecha 15 de agosto de 2001, Decreto N° 2015/3 ME-2001 y Acuerdo de fecha 06/10/2008 aprobado por Ley N° 8124 del 23/10/2008 que, como Anexo, forma parte de la presente Ley, suscripto el convenio en idénticos términos a los consignados en el Anexo, el mismo se considerará aprobado, quedando exento del pago del Impuesto de Sellos. Art. 2°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de junio del año dos mil diez. Regino Néstor Amado, Presidente Subrogante a/c Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán. REGISTRADA BAJO EL N° 8.311.- San Miguel de Tucumán, 30 de junio de 2010.- Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 71 de la Constitución Provincial, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos. C.P.N. José Jorge Alperovich, Gobernador de Tucumán. Prof. Silvia Rojkes de Temkin, Ministra de Educación, a/c del Ministerio de Economía. ANEXO Entre el BANCO DEL TUCUMAN S.A., representado por su Director Titular Apoderado C.P.N. CLAUDIO ALEJANDRO CEREZO, con domicilio en calle San Martín N° 721 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, por una parte, en adelante el BANCO, y por la otra, el SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, representado por el C.P.N. JORGE GUSTAVO JIMENEZ en su carácter de Ministro de Economía con domicilio en calle San Martín y 25 de Mayo de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, en adelante la PROVINCIA, celebran la presente Addenda al Contrato de prestación de servicios suscripto entre Esta y dicha entidad bancaria, de fecha 08/07/1996, aprobado por Decreto N° 1226/3 (MP)-96 y sus modificatorias de fechas 15 de agosto de 2001, Decreto 2015/3 ME-2001 y Acuerdo de fecha 06/10/2008 aprobado por Ley N° 8124 del 23/10/2008, en los siguientes términos:

Primera:

Prorrogar el plazo del contrato de prestación de servicios...

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