Por ley, se autoriza el uso terapéutico y paliativo del cannabis en el país

Sin debate por miedo a perder el quórum, el Senado aprobó por unanimidad la ley que legaliza el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, como el aceite, y deja en manos del Estado el monopolio del cultivo y la elaboración del producto que se utilice para los tratamientos.

La norma fue sancionada por 58 votos y fue festejada por más de un centenar de organizaciones de familiares de pacientes que sufren patologías que les provocan dolor o severas consecuencias que pueden ser aliviadas por el suministro de los derivados del cannabis en sus diferentes estados.

"Dada la importancia del tema y que hay mucha gente pendiente de la sanción de esta ley, pido que se vote sin debate", propuso el senador Juan Manuel Abal Medina (FPV-Buenos Aires) ante el temor de que la sesión fracasara por falta de quórum por la extensión del debate de la ley de emprendedores, también sancionada ayer (como se informa en Economía en la página 18).

A pesar de los festejos en el recinto, la ley no cubre las expectativas de médicos y familiares de pacientes, que pretenden que se autorice el autocultivo del cannabis para uso medicinal, una actividad que sigue siendo ilegal.

La ley crea el régimen que impulsa la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta y sus derivados, pero deja a cargo del Estado el cultivo y la producción.

Así, en su articulado se establece que el Ministerio de Salud de la Nación deberá garantizar el suministro de los insumos necesarios a aquellos pacientes que lo requieran y permite la importación y la producción por parte del Estado.

En ese sentido, se autoriza a la Comisión Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) a cultivar la planta. La producción de los derivados del cannabis que tengan fines medicinales se fomentará a través de la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap).

Además, la ley habilita a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) a permitir la importación de aceite de cannabis, cuya provisión será gratuita para quienes estén incorporados, anotación en un registro de por medio, en el programa nacional que crea la ley.

En todos los casos, las medidas de incentivo del cultivo e industrialización del cannabis estarán destinadas a fomentar el uso exclusivo medicinal, terapéutico y para la investigación.

La ley no establece qué organismo público será la autoridad de aplicación...

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