LEY ASA-1476. Campaña de prevención de la drogadicción (Antes Ley 23358)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaAdministrativo Salud
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación 5 de Diciembre de 1986
Fecha de Sanción27 de Agosto de 1986
Fecha de Promulgación23 de Septiembre de 1986
Artículo 1º

El Poder Ejecutivo nacional por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia incluirá en los planes de estudio de los niveles de enseñanza primaria y secundaria los contenidos necesarios con el fin de establecer una adecuada prevención de la drogadicción.

Artículo 2º

Los contenidos a los cuales se refiere el artículo anterior deberán desarrollarse obligatoriamente cumpliendo un plan de horas-cátedra suficiente para garantizar la correcta aprehensión del alumno respecto de la información suministrada.

A los efectos de una correcta implementación, se dará especial importancia a la capacitación sistemática de los docentes, según los lineamientos de la educación preventiva.

Artículo 3º

La Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y de la Lucha contra el Narcotráfico , prestará entera colaboración técnica y trabajará en forma coordinada con los diferentes organismos públicos para el efectivo cumplimiento de la presente ley.

Artículo 4º

El Poder Ejecutivo nacional por intermedio de la Secretaría de Información Pública instruirá a las licenciatarias de los servicios de radio, televisión, así como también, a las autoridades de los medios administrados por el Estado nacional, con el fin de incluir en las programaciones adecuada información relativa a la prevención de la drogadicción.

Artículo 5º

La información a que se refiere el artículo anterior deberá dirigirse a los niveles de: Niños, adolescentes y adultos, con contenidos diferenciados, mediante lenguaje e imágenes de fácil penetración y con la frecuencia y horarios necesarios para lograr la formación de opinión en torno a la gravedad que la drogadicción implica.

Artículo 6º

Los Estados provinciales que regulen la actividad de los medios de difusión ubicados en su territorio podrán adherir a la presente.

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