Ley DE APROBACIÓN INICIAL S/N/LCABA/10

FirmantesMoscariello - Perez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2010

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY DE APROBACIÓN INICIAL S/N /LCABA/10CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR AL INMUEBLE SITO EN MENDOZA 3.108

Buenos Aires, 13 de mayo de 2010

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°

Catalóganse con Nivel de Protección “Cautelar” en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Mendoza 3108: Sección 39, Manzana 049, Parcela 001; Mendoza 3132: Sección 39, Manzana 049, Parcela 004; Mendoza 3142: Sección 39, Manzana 049, Parcela 005; Zapiola 2184: Sección 39, Manzana 049, Parcela 028 y Mendoza 3055: Sección 39, Manzana 057, Parcela 016 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.“Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3° El Poder Ejecutivo asentará las catalogaciones establecidas por el...

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