LEY 9516 / 2022 LEY Nº 9516 / 2022-03-31

Fecha de publicación05 Abril 2022
Fecha31 Marzo 2022
Número de Gaceta30.199
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

Ley N° 9.516

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°.- El objeto de la presente Leyes garantizar a los adolescentes y jóvenes, sin cuidados parentales, el derecho de acceso a una vivienda temporal de carácter colectiva, con la finalidad de lograr su autonomía.

Art. 2°.- Son sujetos destinatarios de la presente Ley, los adolescentes y jóvenes que se encuentren incluidos en el programa de egreso autónomo, bajo las siguientes circunstancias:

1. Aquéllas, que se han incorporado en Dispositivos de Cuidados Institucionales (DCI), del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.
2. Aquéllas, cuyos abordajes de los equipos interdisciplinarios dentro de la competencia de la DINAYF y que voluntariamente quieran acceder a este derecho cuando la Autoridad de Aplicación así lo autorice.

Art. 3°.- Se designa como órgano de Autoridad de Aplicación, al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.

Art 4°.- La Autoridad de Aplicación designará un equipo interdisciplinario que emitirá los dictámenes de admisión, seguimiento, permanencia y egreso de cada joven en forma individual, para que accedan a este derecho. Para la admisión, no podrá usarse como causal de exclusión que las y los jóvenes presenten una causa penal, consumo problemático o cualquier otra situación, siempre y cuando el equipo técnico responsable considere que esas situaciones no representen un riesgo para sí mismo o para terceros convivientes.

Art. 5°.- El Poder Ejecutivo deberá asignar a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, los inmuebles destinados al cumplimiento de la...

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