LEY 9508 / 2022 LEY / 2022-03-31

Fecha31 Marzo 2022
Fecha de publicación05 Abril 2022
Número de Gaceta30.199
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

Ley N° 9.508

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano los inmuebles ubicados en la localidad de Alderetes, departamento Cruz Alta, identificados con las siguientes Nomenclaturas Catastrales:

- Padrón N° 674.629; Circunscripción: 1; Sección: K; Lámina: 100; Parcela: 525 D; Matrícula: 222; Orden: 5519, con una superficie aproximada de 78.382,8093 m2.
- Padrón N° 871.909; Circunscripción: 1; Sección: K; Lámina: 100; Parcela: 524 Bis; Matrícula: 222 B; Orden: 7532, con una superficie aproximada de 4.663,518 m2.

Art. 2°.- Los inmuebles descriptos en el Artículo 1° serán destinados a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, y serán transferidos a sus actuales ocupantes que reúnan los siguientes requisitos:

1) Tener constituido un núcleo familiar; y
2) No ser propietario o adjudicatario por legislación similar.

Art. 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, realice los trabajos de relevamiento social, planimetría y determinación de los beneficiarios.

Art. 4°.- Prohíbase al adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble descripto en el Artículo 1° por...

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