LEY 9454 / 2021 LEY / 2021-12-14

Fecha de publicación17 Diciembre 2021
Fecha14 Diciembre 2021
Número de Gaceta30.125
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

Ley N° 9.454

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 7875, texto consolidado y sus modificatorias, en la forma que a continuación se indica:

- Reemplazar el segundo párrafo del Artículo 1°, por el siguiente:
"Prorrógase la vigencia de la presente Ley hasta el 31 de Diciembre de 2022".

Art. 2°.- Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. Sergio Francisco Mansilla, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Claudio Antonio Pérez, Secretario H. Legislatura de Tucumán.

REGISTRADA BAJO EL N° 9.454.-
San Miguel de Tucumán, Diciembre 14 de 2021.-
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