LEY 9318 / 2020 LEY de 26 de Noviembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Diciembre de 2020
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2020
Número de Boletín29871
Fecha de Publicación 2 de Diciembre de 2020
Número de documento79493

Ley N° 9.318

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Adhiérase la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.553 (Prescripción y dispensación por recetas electrónicas o digitales y teleasistencia en salud).
Art. 2° Establécese que toda prescripción de medicamento y su dispensa puede ser redactada y firmada de forma manuscrita, electrónica o digital por todo profesional sanitario facultado legalmente a prescribir.

Los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales deben ser dispensados en cualquier farmacia del territorio provincial habilitada por Ley N° 5483.

Art. 3° La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud Pública, quien deberá coordinar los alcances de la presente Ley con los distintos organismos con incumbencia en la materia, quienes definirán los tiempos y los modos...

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