LEY 9089 / 2018 LEY Nº 9.089 de 5 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2018
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2018
Número de Boletín29225
Fecha de Publicación11 de Abril de 2018
Número de documento65420

Ley N° 9.089

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Se establece la obligatoriedad de exhibir en todas las salas de cines y teatros de la Provincia, en forma de publicidad y al comienzo de cada función, una campaña informativa de prevención para concientizar a la comunidad en general y a las niñas, niños y adolescentes en particular, sobre los riesgos del consumo de sustancias químicas psicoactivas adictivas y demás conductas adictivas.
Art 2° La campaña establecida en la presente Ley será diseñada, elaborada y provista por la Autoridad de Aplicación, y deberá incorporar información fehaciente sobre lugares y números de teléfono para toda aquella persona que requiera realizar consultas para atención o denuncias sobre el uso y comercialización de drogas ilícitas.
Art. 3° Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
Art. 4° El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo máximo de sesenta (60) días contados a partir de su promulgación.
Art. 5° Comuníquese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de...

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