LEY 8974 / 2016 LEY Nº 8974 de 28 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Enero de 2017
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28915
Fecha de Publicación 5 de Enero de 2017
Número de documento57723

Ley N° 8.974

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Adhiérase la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.305 de incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de la cobertura de leches medicamentosas a pacientes con Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV).
Art. 2° Créase en el ámbito de la Provincia el Programa de Detección Temprana y Tratamiento Integral de la Alergia a la Proteína de Leche Vacuna (APLV).
Art. 3° Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud.
Art. 4° Las Obras Sociales sean públicas o privadas, las Empresas de Medicina Prepaga y el Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (Subsidio de Salud), y los organismos de Seguridad Social deberán incluir dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO) la atención integral de los pacientes con APLV.
Art. 5° La atención integral establecida en el...

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