LEY 8950 / 2016 LEY de 26 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Enero de 2017
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28910
Fecha de Publicación29 de Diciembre de 2016
Número de documento57614

Ley Nº 8.950

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Exímese, por un plazo de diez (10) años, del pago de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública a la empresa Arcor S.A.I.C., CUIT: 30-50279317-5.

La eximisión prevista será únicamente en lo que respecta a la producción de la nueva línea de productos indicados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ley a desarrollarse en la Planta de Golosinas Misky que dicha empresa posee en la Provincia de Tucumán. La vigencia del beneficio será a partir de la puesta en marcha de la producción de la nueva línea de productos.

Art. 2º

El beneficio correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos dispuesto por el artículo precedente, solo operará para los ingresos provenientes de la actividad de producción de la citada línea de productos resultante de las nuevas inversiones que la empresa realice en virtud del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo siguiente de la presente Ley, con el límite de los ingresos atribuibles a esta jurisdicción según las normas del Convenio Multilateral (18/08/1977). Asimismo, en lo que respecta al Impuesto para la Salud Pública, la exención operará sobre las remuneraciones abonadas al personal en relación de dependencia, involucrado en los nuevos procesos productivos, que se incorpore a la empresa en virtud de la nueva línea de productos.

Art. 3º Para acceder a los beneficios previstos en la presente Ley, la empresa Arcor S.A.I.C. deberá cumplimentar un plan de inversiones en su planta productiva por una suma...

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