LEY 8736 / 2014 LEY de 21 de Noviembre de 2014

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2014
Número de Boletín28399
Fecha de Publicación27 de Noviembre de 2014
Número de documento42559

Ley N° 8.736

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de

LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la localidad de El Cochuchal, Municipalidad de Alderetes, departamento Cruz Alta, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:

Padrón N° 72.561; Circunscripción: I; Sección: K; Lámina: 176; Parcela: 276 H;

Matrícula: 7465; Orden: 1; e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° A - 08776.

Superficie total aproximada: 57 ha 1608,3518 m2.

Art. 2° El inmueble descripto precedentemente será destinado a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, pudiendo ser transferidos a sus actuales ocupantes que reúnan los siguientes requisitos:
  1. Tener constituido un núcleo familiar;

  2. No ser propietario o adjudicatario por legislación similar; y,

  3. Tener constancia de residencia efectiva en el inmueble expropiado.

Art. 3° Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, realice los trabajos de relevamiento social, planimetría y determinación de los beneficiarios.
Art. 4° Prohíbase al adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble descripto en el Artículo 1°, por un período de diez (10) años...

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