LEY 8608 / 2013 LEY de 9 de Septiembre de 2013
Fecha de la disposición | 9 de Septiembre de 2013 |
Número de Boletín | 28102 |
Fecha de Publicación | 12 de Septiembre de 2013 |
Número de documento | 35738 |
Ley 8.608
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de
LEY:
Art. 2°.- Los fondos provenientes del Convenio mencionado en el artículo anterior serán transferidos al "Fondo Bicentenario 2016 para Pequeños Productores Cañeros de Tucumán" establecido por Ley N° 8598.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Manuel Fernandez, Vicepresidente 2° H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán.
REGISTRADA BAJO EL N° 8.608.-
San Miguel de Tucumán, septiembre 9 de 2013.-
Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 71 de la Constitución Provincial, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
C.P.N. José Jorge Alperovich, Gobernador de Tucumán.
Ing. Jorge Luis Feijoo, Ministro de Desarrollo Productivo.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Y LA PROVINCIA DE TUCUMAN
Entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA, en adelante el MINISTERIO, representado por el señor Ministro, Don Norberto Gustavo YAUHAR, con domicilio en la Avenida Paseo Colón N° 982, Piso 1°, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y la Provincia de TUCUMAN, en adelante la PROVINCIA, representada por el señor Gobernador, Contador Público Nacional Don José Jorge ALPEROVICH, con domicilio en la calle 25 de Mayo N° 90 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de TUCUMAN, en adelante las PARTES, manifiestan:
Que el MINISTERIO viene realizando acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de los productores agropecuarios, desarrollando un trabajo sostenido en pos del avance y...
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