Ley Nº 4972/14
Firmantes | Ritondo - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 27 de Junio de 2014 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Código de Planeamiento Urbano, los predios identificados catastralmente como
Parcelas 1d - 2 - 17a y 22, de la Manzana 44 A, Sección 17, Circunscripción 7.
Código de Planeamiento Urbano, las parcelas indicadas en el Artículo 1°.
HOSPITAL ITALIANO" del Código de Planeamiento Urbano, el que queda redactado
de la siguiente manera:
2) DELIMITACIÓN: Según Plano de Zonificación. Comprende el predio identificado
catastralmente como Parcelas 1c - 1d - 2 - 17a y 22 de la Manzana 44 A, Sección 17,
Circunscripción 7. Toda otra parcela de la Manzana 44 A descripta, que fuera
adquirida por la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, deberá
englobarse, y quedará afectada a este Distrito.
Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano.
Ritondo - Pérez.
Buenos Aires, 27 de junio de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.972 (E.E. N° 6.719.940-MGEYA-DGALE-
14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 22 de mayo de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día
18 de...
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