Ley 27672

Fecha de publicación13 Julio 2022
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
EmisorPARQUES NACIONALES, MONUMENTOS NATURALES Y RESERVAS NACIONALES


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Acéptase la transferencia de jurisdicción efectuada por la provincia de Entre Ríos al Estado nacional mediante el artículo 3º de la ley provincial 10.841, sobre el área delimitada en el artículo 1º de la misma norma.

Artículo 2º- Acéptase las condiciones y el plazo previsto en el artículo 4º de la ley provincial 10.841, bajo los cuales la provincia de Entre Ríos realiza la cesión.

Artículo 3º- Encontrándose cumplidos los extremos previstos por los artículos , y concordantes de la ley 22.351, amplíase el Parque Nacional Pre-Delta, cuyo territorio completo, –parte anterior y parte nueva anexada–, se describe según artículo 1º de la ley 24.063 y artículo 1º de la ley 10.841, de la provincia de Entre Ríos respectivamente, y quedará sometido al régimen de la citada Ley de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 4º- La Administración de Parques Nacionales deberá realizar, a través de la respectiva mensura ejecutada por profesionales con incumbencia en la materia, los actos de levantamiento parcelario que determinen en el terreno los límites exteriores del Parque...

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