Ley 27623

Fecha de publicación09 Junio 2021
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
EmisorINMUEBLES


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito y en favor de la Municipalidad de Puerto Madryn el dominio del inmueble propiedad del Estado nacional, Estado Mayor General de la Armada Argentina, ubicado dentro del ejido urbano de la Municipalidad de Puerto Madryn, provincia del Chubut, conforme la siguiente identificación catastral: Circunscripción 3, Sector 2, Fracción 13.

Artículo 2º- La transferencia dispuesta en el artículo 1° se efectúa con cargo a que la beneficiaria impulse programas de desarrollo urbano, planes de vivienda única, infraestructura de servicios, habilitación de parques o plazas públicas, unidades educacionales, culturales, asistenciales, sanitarias y/o desarrollo de actividades deportivas.

Artículo 3º- A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior la beneficiaria deberá subdividir los terrenos en lotes cuyas transferencias deberán realizarse mediante los procedimientos de subasta o licitación pública, garantizando el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia e informalismo.

Artículo 4º- Podrán participar de los procedimientos de subasta o licitación pública las personas humanas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser argentino nativo, por opción o naturalizado con más de 5 (cinco) años desde la obtención de su naturalización;

b) Estar domiciliado o acreditar residencia habitual en la ciudad de Puerto Madryn por un período no inferior a 3 (tres) años;

c) No ser titular de una vivienda o de uno o más inmuebles que puedan ser utilizados a tal fin;

d) No ser beneficiario o adjudicatario, el solicitante o los miembros de su grupo familiar, de una vivienda financiada total o parcialmente por el Estado nacional, provincial o municipal;

e) No habitar o haber habitado viviendas o terrenos públicos o privados de forma ilegal o irregular;

f) Acreditar no poseer deudas con la municipalidad;

g) No ser funcionario político de la municipalidad.

Artículo 5º- A fin de asegurar la finalidad dispuesta en el artículo 2° de la presente...

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