Ley 27376. Autorízase transferencia.

Fecha de disposición19 Septiembre 2017
Fecha de publicación19 Septiembre 2017
MateriaDerecho Civil
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes

INMUEBLES

Ley 27376

Autorízase transferencia.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°

Autorizar la transferencia del cargo "Funcionamiento de un complejo polideportivo municipal" constituido sobre el inmueble ubicado en la provincia de Entre Ríos, departamento de Gualeguaychú, distrito Pehuajó al Sud, municipio de Larroque, nomenclatura catastral: departamento 07, distrito 07, localidad 10, parcela 1.549, matrícula 114.744, dominio urbano, Registro Público de Gualeguaychú, según consta en la escritura número 104, folio 434, de fecha 15 de julio de 2011, pasada por ante la escribana Norma E. Verna, adscripta en la Escribanía General del Gobierno de la Nación.

ARTÍCULO 2° La transferencia del cargo se realizará sobre el inmueble que sea destinado exclusivamente a dichos fines, según lo determine la autoridad municipal, debiendo contar el nuevo predio con la misma o mayor superficie y el mismo o mayor valor, la ubicación debe resultar funcional a los objetivos.
ARTÍCULO 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

-- REGISTRADA BAJO EL N° 27376 --

MARTA G. MICHETTI. -- EMILIO MONZÓ. -- Eugenio Inchausti. -- Juan P. Tunessi.

Ciudad de Buenos Aires, 18 de Septiembre de 2017

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.376 (IF-2017-20140381-APN-SST#SLYT)...

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