Ley 26.782

Fecha de disposición16 Noviembre 2012
Fecha de publicación16 Noviembre 2012
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1°

— Apruébase el TRATADO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE COREA SOBRE ASISTENCIA LEGAL MUTUA EN MATERIA PENAL, suscripto en Seúl —REPUBLICA DE COREA— el 31 de agosto de 2009, que consta de VEINTIDOS (22) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.782 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. - Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.

NOTA: El Anexo que integra esta Ley se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede...

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