Ley 26.572

Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2009

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 1,10

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.801 2

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Ministerio De saluD 1976/2009

6 obras PubliCas 1961/2009

7 serViCio eXterior 1959/2009

Establécese el Consulado General en la Ciudad de Johannesburgo de la República de Sudáfrica. 7 serViCios PubliCos 1876/2009

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1877/2009

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1878/2009

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1932/2009

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DECISIONES ADMINISTRATIVAS JeFatura De gabinete De Ministros 539/2009

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Ministerio De relaCiones eXteriores, CoMerCio internaCional Y Culto 537/2009

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PresuPuesto 530/2009

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11 seguros 387/2009-MEFP Régimen de Seguro de Vida Colectivo Obligatorio para todo el Personal del Estado Nacional.

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Las acciones denominadas de 'clase B' y/o de cualquier otra clase y especie que haya adquirido o adquiera el personal de la empresa, hasta el veinte por ciento (20%) del capital social, bajo el régimen de propiedad participada de la Ley 23.696. Será considerado personal de la empresa en condiciones de acceder al programa de propiedad participada, todo aquel trabajador que se desempeñaba en relación de dependencia con SOMISA, al 23 de julio de 1990.

ARTICULO 2º

Se reconoce por parte del gobierno nacional una indemnización económica a favor de los ex agentes de SOMISA --encuadrados en los artículos 1º y 3º de la presente ley-- que no hayan podido acogerse al programa de propiedad participada por haberse desvinculado de la empresa en el tiempo transcurrido entre el dictado del Decreto 1398/90 y el 26 de noviembre de 1992, fecha en que se instrumentó el programa de propiedad participada.

La indemnización resultará de valuar las siguientes pautas:

  1. La cantidad de acciones que cada ex agente hubiera debido percibir;

  2. El valor económico de la cantidad de acciones referidas al...

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