Ley 25258

Fecha de disposición27 Julio 2000
Fecha de publicación27 Julio 2000
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta29449

CONVENIOS CONVENIOS

Ley 25.258

Apruébase un Convenio sobre Reconocimiento de Certificados de Estudios Completos de Educación Básica y Media o sus denominaciones Equivalentes suscripto con la República de Venezuela.

Sancionada: Junio 15 de 2000.

Promulgada de Hecho: Julio 21 de 2000.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º

Apruébase el CONVENIO SOBRE RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COMPLETOS DE EDUCACION BASICA Y MEDIA O SUS DENOMINACIONES EQUIVALENTES ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE VENEZUELA, suscripto en Buenos Aires, el 17 de junio de 1998, que consta de NUEVE (9) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL

- REGISTRADO BAJO EL Nº 25.258 -

RAFAEL PASCUAL. - JOSE GENOUD. - Guillermo Aramburu. - Mario L. Pontaquarto.

CONVENIO

SOBRE

RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COMPLETOS DE EDUCACION BASICA Y MEDIA

O

SUS DENOMINACIONES EQUIVALENTES

ENTRE

LA REPUBLICA ARGENTINA

Y

LA REPUBLICA DE VENEZUELA

La República Argentina y la República de Venezuela en adelante denominados las Partes;

Motivados por el deseo de consolidar las relaciones entre los pueblos de ambos países;

Conscientes de que la Educación es un factor fundamental en el escenario de los procesos de integración;

Considerando que los sistemas educativos deben dar respuesta a los desafíos planteados por las transformaciones productivas, los avances científico técnicos y la consolidación de la democracia en un contexto de creciente globalización e interacción entre los países del continente;

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo V del Acuerdo de Cooperación Cultural suscrito entre las Partes el 20 de diciembre de 1984 y,

Con la voluntad de adoptar procedimientos que permitan una más efectiva y equitativa convalidación de estudios de educación básica y media o sus denominaciones equivalente;

Acuerdan:

ARTICULO I

Las Partes reconocerán y concederán validez a los certificados de estudios completos de educación básica y media o sus denominaciones equivalentes otorgados por las instituciones reconocidas oficialmente por...

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