Ley 25119

Fecha de disposición24 Septiembre 1999
Fecha de publicación24 Septiembre 1999
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
Número de Gaceta29237

CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL

Ley Nº 25.119

Ente autárquico y autónomo en la órbita de la Secretaría de Cultura de la Nación. Directorio y Consejo Asesor. Deberes y funciones. Confirmación.

Presidencia

del

Senado de la Nación

PE-412/99

Buenos Aires, 1º de setiembre de 1999

Al Señor Presidente de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme al señor Presidente, a fin de comunicarle que el H. Senado, en sesión de la fecha, ha considerado la confirmación de la H. Cámara de Diputados de su sanción anterior en la observación total al proyecto de ley registrado bajo el Nº 25.119 -Cinemateca y archivo de la imagen nacional-, y ha tenido a bien confirmar también la propia con el voto unánime de los presentes, quedando así definitivamente sancionado el proyecto según lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Nacional.

Se procede a la devolución del pliego original de la ley citada.

Saludo a usted muy atentamente

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL

ARTICULO 1º

La Cinemateca y Archivo de la Imagen Nacional (CINAIN) es un ente autárquico y autónomo que actúa con las facultades que establece esta ley dentro de la órbita de la Secretaría de Cultura de la Nación.

ARTICULO 2º

Del Directorio y Consejo Asesor:

  1. La CINAIN estará dirigida por un director ejecutivo y un vicedirector administrativo, elegidos por concurso público de proyecto y antecedentes, designados por el Poder Ejecutivo, entre las cinco propuestas elevadas por el consejo asesor.

  2. Se constituirá un consejo asesor ad honorem a propuesta de las siguientes instituciones, uno por cada categoría enumeradas a continuación:

    1. El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA).

    2. Las escuelas de cine dependientes de instituciones oficiales o universidades privadas o que tengan personería jurídica o actúen dentro de entidades que tengan personería jurídica.

    3. Las asociaciones de críticos de cine reconocidas o que tengan personería jurídica.

    4. Los cineclubes y cinematecas representativas que tengan personería jurídica o actúen dentro de entidades que tengan personería jurídica.

    5. Las asociaciones de directores de cine representativas que tengan personería jurídica.

    6. Las asociaciones de productores de cine representativas que tengan personería jurídica.

    7. El Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina (SICA).

    8. La Asociación Argentina de Actores (AAA).

    9. Fondo Nacional de las Artes.

    10. Museo del Cine de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e instituciones análogas que existieren.

    Cada institución deberá promover un concurso público de antecedentes y presentar institucionalmente al ganador del mismo.

    En caso de haber más de una institución por rubro y las mismas no se pusieren de acuerdo en un candidato único, cada entidad será invitada a proponer un miembro que acepte someterse al resultado de un...

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