Ley 24542
Fecha de disposición | 19 Noviembre 1994 |
Fecha de publicación | 25 Septiembre 1995 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 28235 |
24542 del 16/08/95 CONVENIOS
Ley 24.542
Apruébase un Convenio sobre Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias sícotrópicas suscripto con el Gobierno de la República de Guatemala.
Sancionada: Agosto 16 de 1995.
Promulgada de Hecho: Septiembre 18 de 1995.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
Apruébase el Convenio sobre Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y de Sustancias Sicotrópicas entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Guatemala, suscripto en Buenos Aires el 19 de noviembre de 1991, que consta de ocho (8) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. - ALBERTO R. PIERRI. - CARLOS F. RUCKAUF. - Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. - Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.
CONVENIO SOBRE PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y REPRESION DEL TRAFICO ILICITO DEESTUPEFACIENTES Y DE SUSTANCIAS SICOTROPICAS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
El Gobierno de la República Argentina y,
El Gobierno de la República de Guatemala, en adelante denominados "las Partes Contratantes";
Teniendo en cuenta la Convención Unica sobre Estupefacientes del 30 de marzo de 1961, enmendada por el Protocolo de Modificación del 25 de marzo de 1972 y de la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas del 21 de febrero de 1971;
Teniendo presente la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, adoptada en Viena el 20 de diciembre de 1988;
Reconociendo que ambos Estados se ven cada vez más afectados por el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas;
Considerando sus sistemas constitucionales, legales y administrativos y el respeto de los derechos inherentes a la soberanía nacional de sus respectivos Estados;
Convienen lo siguiente:
Las Partes Contratantes cooperarán en la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas a través...
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