Ley 24.904

Fecha de disposición26 Noviembre 1997
Fecha de publicación18 Diciembre 1997
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES
Nº 28.797
BUENOS AIRES, JUEVES 18 DE DICIEMBRE DE 1997 AÑO CV $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación
y por comunicados y suficientemente circulados dentro
de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947)
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
SUMARIO
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BOLETIN OFICIAL
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO
SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO
DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal
Tel. y Fax 322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485
~ ~
http://www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1ª Sección
(Síntesis Legislativa)
~ ~
e-mail: boletin@jus.gov.ar
Registro Nacional de la
Propiedad Intelectual
Nº 888.209
ADUANAS
Resolución 13/97-DGA
Actualización del Listado de Resolucio-
nes Aduaneras en vigencia por Indice
Temático y numérico. Modifícanse las
Resoluciones Nros. 600/89 (ANA) y
2547/96 (ANA).
ASUETO
Decisión Administrativa 833/97
Otórgase a la Administración Pública
Nacional los días 24 y 31 de diciembre
del año en curso.
COMERCIO DE GRANOS
Resolución General 61/97-AFIP
Procedimiento. Operadores del comer-
cio, prestación de servicios e industria-
lización de granos. Resolución General
Nº 4317 (DGI). Régimen de información.
Su modificación.
CODIGO ELECTORAL NACIONAL
Ley 24.904
Sustitúyese el artículo 35 de la Ley
19.945, según texto ordenado por el
Decreto Nº 2135/83, y derógase el inci-
so “c” del artículo 3º.
Decreto 1358/97.
DEUDA PUBLICA
Resolución 526/97-SH
Dispónese la emisión de “Bonos de la
República Argentina de Margen Ajus-
table con Vencimiento el 30 de no-
viembre del 2002”.
Decisión Administrativa 817/97
Dispónese la realización de operaciones
de crédito público adicionales, de acuer-
do a las facultades conferidas por el ar-
tículo 2º de la Ley Nº 24.916.
EXPORTACIONES
Resolución General 62/97-AFIP
Implementación del Sistema Informático
María para la Exportación. Cronograma
de lanzamiento.
FORESTACION
Resolución 935/97-SAGPA
Apruébanse y recházanse solicitudes
presentadas al Régimen de Promoción
de Plantaciones Forestales de 1996,
para las actividades de forestación, poda
y raleo.
INMUEBLES
Ley 24.903
Transfiérese a título gratuito una frac-
ción de tierra a favor de la Municipali-
dad de Puerto Madryn, destinado para
uso exclusivo residencial y de servicios
urbanos.
MUSEO, BIBLIOTECA Y ARCHIVO
DEL TRABAJO Y DEL MOVIMIENTO
OBRERO ARGENTINO
Ley 24.905
Creación. Integración de una comisión ad
honorem.
PARQUE AUTOMOTOR
Decreto 1373/97
Derógase el Decreto Nº 647/95 que es-
tableció el denominado Plan Canje.
Mantiénense los beneficios del Régimen
sobre operaciones de compraventa que
se realicen hasta el 31/12/97 utilizando
la documentación que acredite la baja del
vehículo y la entrega para desguace y
destrucción.
PRESUPUESTO
Ley 24.916
Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros
a realizar ampliaciones en los créditos pre-
supuestarios vigentes dentro del límite es-
tablecido por el artículo 6º de la Ley 24.764
y su distribución. Sustitúyese el primer
párrafo del artículo 46 de la Ley 11.672.
Decreto 1359/97.
Ley 24.918
Amplíase el presupuesto de la
Administarción Nacional para 1997 con
destino a programas que ejecuta la Se-
cretaría de Turismo.
Decreto 1361/97.
Decisión Administrativa 840/97
Amplíase y modifícase el Presupuesto de
la Administración Nacional para el año
1997 y apruébanse las cuotas de compro-
miso y de devengado originadas en las am-
pliaciones y reestructuraciones dispuestas.
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
REMATES OFICIALES
Nuevos
AVISOS OFICIALES
Nuevos
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LEYES
INMUEBLES
Ley 24.903
Transfiérese a título gratuito una fracción de
tierra a favor de la Municipalidad de Puerto
Madryn, destinado para uso exclusivo resi-
dencial y de servicios urbanos.
Sancionada: Noviembre 19 de 1997.
Promulgada de Hecho: Diciembre 12 de 1997.
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Transfiérese a título gratui-
to, a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn,
una fracción de tierra de aproximadamente se-
senta mil metros cuadrados de superficie, cu-
yas medidas son al norte: un lado de aproxima-
damente 600 metros, que linda con partes de la
manzana 316, manzanas 315, 314, 306, 305,
N, M, LL, 80bis y 80, calle José Menéndez de
por medio. Al este: un lado de aproximadamen-
te 100 metros de longitud, que linda con la man-
zana 371 y parte de la avenida Juan Muzzio. Al
sur: un lado de aproximadamente 600 metros,
que linda con parte de la fracción C1. Al oeste:
un lado de aproximadamente 100 metros con
más tierras de la fracción C1, que se encuentra
dentro del ejido de la ciudad de Puerto Madryn
y cuya propiedad corresponde al Estado nacio-
nal argentino, según consta en el Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut,
inscrito al tomo ciento cuatro, folio ochenta y
ocho, finca once mil novecientos ochenta y seis,
de conformidad a los términos del Convenio de
Permutación de Tierras suscrito con fecha 22
de noviembre del año 1983, entre la Municipali-
dad de Puerto Madryn y el Tiro Federal Argenti-
no Teniente General Pablo Riccheri, el acuerdo
complementario de julio de 1984 y sus modifi-
caciones.
ARTICULO 2º — La transferencia dispuesta
en el artículo 1º se realiza con cargo para la be-
neficiaria de otorgar en forma gratuita los títu-
los de propiedad a los legítimos ocupantes y de
destinar el inmueble para uso exclusivo residen-
cial y de servicios urbanos.
ARTICULO 3º — El Poder Ejecutivo, a través
de los organismos correspondientes,
implementará las medidas necesarias para rea-
lizar la transferencia a título gratuito que orde-
na la presente ley.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Eje-
cutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-
GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEM-
BRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y SIETE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 24.903 —
ALBERTO R. PIERRI — EDUARDO MENEM.
— Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.—
Edgardo Piuzzi.
MUSEO, BIBLIOTECA Y ARCHIVO
DEL TRABAJO Y DEL MOVIMIENTO
OBRERO ARGENTINO
Ley 24.905
Creación. Integración de una comisión ad
honorem.
Sancionada: Noviembre 26 de 1997.
Promulgada de Hecho: Diciembre 16 de 1997.
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza de Ley:
CREACION DEL MUSEO, BIBLIOTECA Y
ARCHIVO DEL TRABAJO Y DEL MOVIMIENTO
OBRERO ARGENTINO
ARTICULO 1º — Créase el Museo, Biblioteca
y Archivo del Trabajo y del Movimiento Obrero
Argentino, que deberá testimoniar el esfuerzo
humano cumplido en nuestras tierras desde las
épocas primitivas hasta nuestros días.
ARTICULO 2º — La organización del Museo,
Biblioteca y Archivo del Trabajo y del Movimien-
to Obrero Argentino será hecha por vía de regla-
mentación, previo dictamen de la comisión ad
honorem a que se refiere el artículo siguiente.
ARTICULO 3º — La comisión mencionada en el
artículo anterior estará integrada por representan-
tes de cada una de las Honorables Cámaras del
Congreso Nacional, del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, del Ministerio de Cultura y Edu-
cación y del Movimiento Obrero Argentino.
ARTICULO 4º — Los gastos que demande el
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
precedentes serán atendidos con el crédito asig-
nado al Ministerio de Trabajo y Seguridad So-
cial.
ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Eje-
cutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-
GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEM-
BRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y SIETE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 24.905 —
ALBERTO R. PIERRI — EDUARDO MENEM.
— Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.—
Edgardo Piuzzi.
CODIGO ELECTORAL NACIONAL
Ley 24.904
Sustitúyese el artículo 35 de la Ley 19.945,
según texto ordenado por el Decreto Nº 2135/
83, y derógase el inciso “c” del artículo 3º.
Sancionada: Noviembre 26 de 1997.
Promulgada: Diciembre 15 de 1997.
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza de Ley:

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