Ley 21431
Fecha de disposición | 07 Octubre 1976 |
Fecha de publicación | 07 Octubre 1976 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 23506 |
INFOLEG LEY DE MINISTERIOS
LEY Nº 21.431
Creación del Ministerio de Planeamiento.
Modificación parcial de la Ley Nº 20.524.
Bs. As., 29 de setiembre de 1976
EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional y en acuerdo general de Ministros,
EL PRESIDENTE DE LA NACIóN ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Reemplázase el Artículo 1º de la Ley 20.524 por el siguiente:
El despacho de los negocios de la Nación estará a cargo de los siguientes Ministerios:
de Planeamiento
del Interior
de Relaciones Exteriores y Culto
de Justicia
de Defensa
de Economía
de Cultura y Educación
de Trabajo
de Bienestar Social".
Agrégase a la Ley 20.524 como Artículo 8º bis el siguiente:
1) Entender en las tareas tendientes a mantener actualizado el proyecto nacional.
2) Proponer las Directivas para el funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento.
3) Proponer las Directivas y Orientaciones para la elaboración de los planes en los distintos plazos, niveles, sectores y ámbito geográfico.
4) Efectuar la coordinación, durante el proceso de elaboración, de los planes que realizan los Ministerios, Provincias, Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud, organismos nacionales, provinciales y regionales; requerir opinión, efectuar acuerdos, regular el trabajo en común y proponer la prioridades entre los diversos sectores; compatibilizarlos con los objetivos y directivas establecidos y entender en la elaboración de los documentos terminales que condensen y concreten las decisiones del Poder Ejecutivo Nacional.
5) Coordinar durante su elaboración y asegurar la oportuna compatibilización de planes, programas y proyectos especiales que, originados en cualquier sector o nivel de gobierno, no estén incluidos en los planes elaborados por el Sistema Nacional de Planeamiento, cuando por su trascendencia lo requieran.
6) Asistir en la consideración y aprobación de los planes de largo, mediano y corto plazo.
7) Proponer las políticas y medidas necesarias para que los planes aprobados se...
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