Ley 7926 / 2007. Ley del 25 de Septiembre de 2007. Aviso Nro: 17955

Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2007
Número de Boletín26631
Fecha de Publicación 1 de Octubre de 2007

Ley Nº 7.926 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en San Felipe, departamento Capital, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:

Circunscripción:

I, Sección:

27, Manzana 2, Parcela 20 B, Padrón N° 35.730; Matrícula 4457; Orden 57, e inscripto en el Registro Inmobiliario en Libro 62, Folio 296, Serie B, Año 1925. Art. 2°.- El inmueble descripto precedentemente será destinado a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, pudiendo ser transferido en venta a las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Tener constituido un núcleo familiar. b) No ser propietario o adjudicatario por legislación similar. Art.3°.- El Poder Ejecutivo, a través de sus organismos técnicos, procederá a realizar la delimitación de los lotes y el relevamiento necesario para la determinación de los adquirentes, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el artículo anterior. Art. 4°.- El precio de venta de los lotes será el que resulte del costo total de la expropiación, pagadero en las formas y plazos establecidos en la...

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