Ley 7985 / 2007. Ley del 21 de Diciembre de 2007. Aviso Nro: 1539

Fecha de la disposición11 de Enero de 2008
Número de Boletín26702
Fecha de Publicación11 de Enero de 2008

Ley N° 7.985 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado sobre calle San Martín N° 479/483 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, identificado, según Plano de mensura n° 33093/99, con la siguiente nomenclatura catastral:

Circunscripción 1 Sección 2, Manzana 52 - Parcela 31; Padrón:

3567; Matrícula 1.903; Orden 6.751, con una superficie de 1.380,3630 m2; e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N-35029. Art. 2°.- El inmueble descripto precedentemente será destinado al Ente Cultural de Tucumán, para Centro Cultural y de Convenciones. Art. 3°.- Derógase la Ley N° 7.682. Art. 4°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete. Sergio Francisco Mansilla, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de...

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