Ley 7722 / 2006. Ley del 12 de Abril de 2006. Aviso Nro: 8741

Fecha de la disposición26 de Abril de 2006
Número de Boletín26274
Fecha de Publicación26 de Abril de 2006

LEY 7722 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en el departamento Monteros, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:

Padrón 42865, Fracción 5, Circunscripción:

I, Sección D, Lámina 151, Parcela 15, Matrícula 19882; Orden 204, inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° M-5854, con una superficie de 3 Has. 1501,6715 m2. Art. 2°.- El inmueble expropiado será destinado a la regularización, erradicación, consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, y/o construcción de viviendas para ser transferido en venta a las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Tener constituido un núcleo familiar, b) No ser propietario o adjudicatario por legislación similar. Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, por intermedio de sus organismos técnicos, procederá a realizar la delimitación de los lotes y el relevamiento necesarios para la determinación de los adquirentes, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Artículo anterior. Art. 4°.- El precio de venta de los lotes será el...

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