Ley 7502 / 2005. Ley del 24 de Enero de 2005. Aviso Nro: 1476

Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2005
Número de Boletín25964
Fecha de Publicación 4 de Febrero de 2005

LEY N° 7.502 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1° Adhiere la Provincia de Tucumán, a la Ley N° 25.392 (Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras)

Art.- 2°.- Será el organismo de aplicación de la presente ley, el Ministerio de Salud Pública, a través del Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes de Órganos Tucumán (CUCAITUC). Art. 3°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. Dr. Fernando Arturo Juri, Presidente H. Legislatura de Tucumán. Silvio Rafael Manservigi , Secretario, H. Legislatura de Tucumán. REGISTRADA BAJO EL N° 7.502. San Miguel de Tucumán, enero 24 de 2005. Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 67 de la...

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