Ley 14.300

LEY 14.300.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTÍCULO 1°

Declárese Ciudadano Ilustre Post Mortem de la Provincia de Buenos Aires al Padre Carlos Cajade, fundador del Hogar de la Madre Tres Veces Admirable.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil once.

Horacio Ramiro González Federico Carlos Scarabino Presidente Vicepresidente 1º en ejercicio de la presidencia H. C. Diputados H. Senado Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. C. Diputados H. Senado DECRETO 1.321 La Plata, 25 de agosto de 2011.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Oficial y archívese.

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli Ministro de Jefatura Gobernador de Gabinete de Ministros REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL TRESCIENTOS (14.300). Ariel R. Ibáñez

Subsecretario Legal y Técnico

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