Ley 13.764 de 15 de Febrero de 2006
Fecha de publicación | 19 Diciembre 2007 |
Fecha de disposición | 15 Febrero 2006 |
Número de Gaceta | 25804 |
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley
Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el Partido de La Plata, identificados catastralmenle como: Circunscripción I, Sección J, Manzana 710, Parcelas 32 y 33C, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro Provincial de la Propiedad en las Matrículas Nº147711 Y 195475 respectivamente, a nombre de CENTRO EDUCATIVO CIUDAD DE LA PLATA S.R.L. o de quien o quienes resulten sus legítimos propietarios.
Los inmuebles que se expropian por la presente Ley serán transferidos a título gratuito al dominio de la Asociación Civil "Unión Solidaria", cuya personería se encuentra inscripta ante La Dirección Provincial de Personas Jurídicas en la Matrícula Nº 30.550 Y Resolución DPPJ Nº 0573 de fecha 15 de febrero de 2006, con cargo de ser destinados los mismos a apoyar y promover el funcionamiento de emprendimientos solidarios sin fines de lucro.
El incumplimiento de lo estipulado en el artículo 2º, ocasionará la revocatoria de la cesión y la reversión del dominio a favor del Estado Provincial.
Autorízase al Poder Ejecutivo para solicitar al Fiscal de Estado, se inicien las acciones legales a los fines de la urgente toma de posesión de los bienes que por la presente son declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación.
Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Exceptúase a la presente Ley de los alcances del artículo 47 de la Ley 5.708 (TO según Decreto 8.523/86) estableciéndose en 5 (cinco) años el plazo para considerarse abandonada la expropiación respecto del inmueble consignado en el artículo 1º de la presente Ley para el cumplimiento del destino expropiatorio.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil siete.
Ismael José Passaglia Graciela M. Giannettasio Presidente H. C. Diputados Presidente H...
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