Ley 13.713 de 15 de Abril de 2008

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de

ARTICULO 1º Fijar en uno con cinco por ciento (1,5%) la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades que se indican a continuación:

6011 Servicio de transporte ferroviario de cargas 6012 Servicio de transporte ferroviario de pasajeros 6210 Servicio de transporte aéreo de cargas 6220 Servicio de transporte aéreo de pasajeros 635000 Servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías

ARTICULO 2º Fijar en seis por ciento (6,0%) la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades que se indican a continuación:

501112 Venta en comisión de autos, camionetas y utilitarios, nuevos 501192 Venta en comisión de vehículos automotores, nuevos n.c.p.

ARTICULO 3º A los fines de la aplicación, durante el año 2007, de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 12.727 y modificatorias, deberá considerarse el monto de impuesto establecido en el artículo 51 de la Ley 13.404.
ARTICULO 4º Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 12.727 exclusivamente para el ejercicio de las siguientes actividades:

6012 Servicio de transporte ferroviario de pasajeros 6210 Servicio de transporte aéreo de cargas 6220 Servicio de transporte aéreo de pasajeros

ARTICULO 5º

La Dirección Provincial de Rentas podrá no iniciar juicios de apremio, solicitar el levantamiento de medidas cautelares en los iniciados o desistir de los mismos, cuando se trate de deudas por impuesto Inmobiliario correspondientes al único inmueble destinado a vivienda de contribuyentes que se encuentren en condiciones socio económicas extremas, acreditadas a través de un informe ambiental efectuado gratuitamente en el ámbito pertinente del Poder Ejecutivo.

En tales supuestos, la Dirección Provincial de Rentas podrá establecer condiciones especiales para la regularización de la deuda, contemplando la reducción total o parcial de intereses, recargos y sanciones y el otorgamiento de...

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