Ley 13.521 de 26 de Febrero de 1985
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley
Fíjase en la suma que se indica a continuación, el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital de la Jurisdicción 1.1.1.01, Jurisdicción Auxiliar 01 - Honorable Cámara de Diputados para el Ejercicio Financiero 2006 de acuerdo con el siguiente detalle:
TOTAL DE EROGACIONES $ 157.406.600
EROGACIONES CORRIENTES
a financiar con recursos de Rentas Generales $ 153.133.600
- Gastos en Personal $ 128.162.300
- Bienes de Consumo $ 2.383.000
- Servicios no Personales $ 12.430.800
- Transferencias $ 10.157.500
EROGACIONES DE CAPITAL
a financiar con recursos
de Rentas Generales $ 4.273.000
- Bienes de Uso $ 4.273.000
Fíjase en quinientos noventa y cuatro (594) el número de cargos correspondientes al personal de planta permanente con estabilidad; en noventa y seis (96) el número de cargos correspondientes a Diputados y Funcionarios de Ley; en cincuenta (50) el número de cargos correspondientes al personal de planta permanente sin estabilidad y en ciento cincuenta (150) el número de cargos correspondientes al personal de planta temporaria.
Asimismo, autorízase a la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados, a modificar el número de cargos fijados en el artículo anterior para el Ejercicio Financiero 2006, con la correspondiente transferencia de partidas presupuestarias.
La Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados deberá efectuar las modificaciones autorizadas en el presente artículo, por resolución fundada, que deberá ser comunicada a la Contaduría General de la Provincia.
"d) otros adicionales determinados y establecidos fundadamente y con carácter general por la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados"
Cámara de Diputados a convenir...
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