Ley 13.261 de 28 de Octubre de 2004

El Senado y Cámara de Diputados de la

Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

ARTICULO 1º

Transfiérese en forma definitiva y a título gratuito a favor del Municipio de Saavedra el predio registrado bajo la denominación catastral Distrito Saavedra, Circunscripción IX, Parcela 938-E, Partida 11.874.

ARTICULO 2º

El predio a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Ley, será destinado, comodato mediante, al Club de Pesca y Turismo de la ciudad de Saavedra, partido homónimo.

ARTICULO 3º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil cuatro.

Graciela M. Giannettasio

Presidente H. Senado

Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo H. Senado

Osvaldo J. Mercuri

Presidente H. C. Diputados

Manuel Eduardo Isasi

Secretario Legislativo H. C. Diputados

DECRETO 2801

La Plata, 18 de noviembre de 2004

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.-

SOLA

F. Randazzo

Registrada bajo el número TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO (13.261).

María López...

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