Ley 12905-2008

Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2008

REGISTRADA BAJO EL Nº 12905

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1

Declárase de interés general y sujeto a expropiación el lote ubicado en la Zona de Pastoreo Norte de la Ciudad de Reconquista, inscripto en el Registro General de la Propiedad Dominio Nº 59.138, Folio 527, Tomo: 199 impar, Año: 1995, partida de Impuesto Inmobiliario Nº 511.427/0001-6, y mide 500,17 mts de su frente Sur, sobre calle Independencia, 196,74 en su lado Oeste; 266,20 en su lado Este y su lado Norte de forma irregular y lindando con el Arroyo el Rey, consta de tres tramos que partiendo del Este miden 216,26 mts, 301,06 mts y 81,47 mts, lo que encierra una superficie total de 12 Has 39 As 08 Cas y 56 dm² que se identifica como LOTE 1 según Plano Nº 123.187.

ARTÍCULO 2 La expropiación dispuesta en el artículo precedente será destinada a la conformación de un espacio recreativo y espacio verde; y un reservorio para la evacuación de aguas pluviales en caso de creciente de aguas en el valle de inundación del Arroyo El Rey

Todo ello conforme los considerandos y la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 4.886/03 del H. Concejo Municipal de la Ciudad de Reconquista y lo establecido en la Ley Nº 11.730 “Régimen de Zonas Inundables”.

ARTÍCULO 3 Autorízase a la Municipalidad de Reconquista a llevar adelante la acción expropiatoria conforme la ley Nº 7534.
ARTÍCULO 4 Las erogaciones consecuencia de la aplicación de la presente ley y los gastos que deriven de la confección de planos de mensura y subdivisión serán financiados con créditos de las partidas presupuestarias de la Municipalidad de Reconquista.
ARTÍCULO 5 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA...

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