Ley 12863-2008

Fecha de la disposición26 de Mayo de 2008

REGISTRADA BAJO EL Nº 12863

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1º

Apruébase en todos sus términos el Acuerdo Marco de Cooperación y Complementación en Materia de Cooperativas y Mutuales suscripto entre el Director del Registro y Fomento de Cooperativas y Mutuales de la Provincia de Córdoba; el Director Provincial de Cooperativas y Mutualidades de la Provincia de Santa Fe y la Directora de Cooperativas y Mutuales de la Provincia de Entre Ríos, el día 3 de mayo de 2005, en el marco del artículo 7º del tratado de Integración Regional constitutivo de la Región Centro de Argentina del 15-08-98 y el Acta de Integración de la Provincia de Entre Ríos al tratado de Integración Regional de fecha 6-04-99.

Dicho convenio aprobado por Decreto Nº 0521/07, fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 29-11-2006, bajo el Nº 2978, Folio 91, Tomo VI, que se agrega y forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1341

SANTA FE, 26 MAY 2008

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.863 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro...

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