Ley 12856-2008

Fecha de la disposición15 de Abril de 2008

REGISTRADA BAJO EL Nº 12856

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1° Declárese al 2008 como "Año del 25º aniversario de la recuperación democrática".
ARTÍCULO 2° Se conformará una Comisión coordinadora de actividades conmemorativas la que quedará constituida por miembros del Ejecutivo Provincial, y Diputados y Senadores de las distintas fuerzas políticas con representación parlamentaria y representantes de organizaciones de la comunidad.
ARTÍCULO 3°

El Poder Ejecutivo Provincial auspiciará actividades que contribuyan a la difusión en la provincia de la temática relacionada con la conmemoración de los 25 años de democracia ininterrumpida desde la última restauración institucional, operada en 1983, y en especial propenderá a destacarse, en los actos, seminarios, conferencias y programas educativos organizados al efecto, la circunstancia de ser el período más extenso de continuidad democrática desde que se produjera en el país el primer golpe de Estado, en 1930.

ARTÍCULO 4° Toda la papelería que se utilice en comunicaciones oficiales durante 2008 en los Poderes Ejecutivo y Legislativo deberá incluir un membrete alusivo con la leyenda: "2008 - Año del 25º aniversario de la...

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