Ley 12642-2006
Fecha de la disposición | 8 de Noviembre de 2006 |
REGISTRADA BAJO EL Nº 12642
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
"Artículo 1º.- Todos los agentes y Autoridades Superiores de la Administración Pública Provincial, cualquiera sea su situación de revista, gozarán de los siguientes beneficios:
-
Asignación por matrimonio;
-
Asignación prenatal;
-
Asignación por nacimiento de hijo;
-
Asignación por adopción (simple y plena);
-
Asignación por cónyuge;
-
Asignación por hijo;
-
Asignación por familia numerosa;
-
Asignación por educación inicial - secciones de cuatro y cinco años de edad -;
-
Asignación por educación general básica;
-
Asignación por educación polimodal y superior;
-
Asignación por educación inicial - secciones de cuatro y cinco años de edad - y educación general básica en familia numerosa;
-
Asignación por educación polimodal y superior en familia numerosa;
-
Asignación por ayuda escolar;
-
Asignación anual complementaria de vacaciones;
ñ) Asignación por padres y hermanos con capacidades diferentes;
-
Asignación por sepelio".
"Artículo 19.- El presente beneficio se abonará:
I) Hijos:
-
matrimoniales;
-
extramatrimoniales;
-
adoptivos, ya sea que se trate de adopción simple o plena;
-
hijastros. En todos los casos se abonará por hijos que se encuentren bajo patria
potestad.
II) Menores cuya guarda, tenencia o tutela haya sido acordada al agente por autoridad judicial o administrativa competente.
III) Hijos con capacidades diferentes sin límite de edad. En este caso la asignación se cuadruplicará.
IV) Hijas viudas o casadas y separadas legalmente, que no perciban pensión o cuota de alimentos, respectivamente, no posean rentas mensuales superiores al monto de la pensión mínima fijada para los trabajadores en relación de dependencia de la actividad privada, siempre que se trate de menores de quince años o mayores de esa edad y menores de veintiún años y concurran regularmente a establecimientos de educación general básica, polimodal o superior que originen la pertinente asignación por escolaridad, o mayores de veintiún años...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba