Ley 12511

Fecha de la disposición11 de Enero de 2006

REGISTRADA BAJO EL Nº 12511

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

CAPITULO I PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL Artículos 1 a 14
ARTICULO 1º

Fíjase en la suma de PESOS SEIS MIL.

CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHO ($ 6.438.454.408), los gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración Provincial (Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social) para el ejercicio 2006, conforme se detalla a continuación, y analíticamente en las planillas Nros. 1 y 2 anexas al presente artículo.

CONCEPTO

GASTOS CORRIENTES

GASTOS DE CAPITAL

TOTAL

Administración Central 4.323.551.243 320.475.209

4.644.026.452 Organismos Descentralizados 153.063.731

608.919.575 761.983.306 Instituciones de Seguridad

Social

1.031.507.750

936.900

1.032.444.650 TOTALES

5.508.122.724

930.331.684

6.438.454.408

ARTICULO 2º

Estímase en la suma de PESOS SEIS MILSETECIENTOS VEINTIDOS MILLONES CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 6.722.105.974) el Cálculo de Recursos de la AdministraciOn Provincial para el ejercicio 2006, destinado a atender las Erogaciones a que refiere el artículo 1 de la presente ley, de acuerdo al resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en planillas Nros. 3 y 4, anexas al presente artículo.

CONCEPTO

RECURSOS CORRIENTES

RECURSOS DE CAPITAL

TOTAL Administración Central 5.453.640.703

48.217.005 5.501.857.708 Organismos Descentralizados 135.526.455

248.325.550 383.852.005 Instituciones de Seguridad Social 836.396.261 - 836.396.261 TOTALES

6.425.563.419

296.542.555 6.722.105.974

ARTICULO 3º

Fíjase en la suma de PESOS SESCIENTOS.

VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL VEINTIOCHO ($ 626.476.028) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para Transacciones Corrientes y de Capital de la ADMINISTRACION PROVINCIAL, para el ejercicio 2006, quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas para Financiaciones Corrientes y de Capital de la ADMINISTRACION PROVINCIAL en la misma suma, según el detalle que figura en las planillas Nros. 5 y 6, anexas al presente artículo.

ARTICULO 4º

Como consecuencia de lo establecido en los artículos 1, 2 y 3, estímase en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 283.651.566) el Resultado Financiero Superavitario de la ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL para el ejercicio 2006.

El Presupuesto de la Administración Provincial para el ejercicio 2006 contará con las Fuentes Financieras y Aplicaciones Financieras indicadas a continuación y que se detallan en las planillas Nros. 7 y 8, anexas al presente artículo.

Fíjase en la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 6.596.258) el importe correspondiente a Gastos Figurativos para Aplicaciones Financieras de la Administración Provincial quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas para Aplicaciones Financieras en la misma suma, conforme al detalle obrante en las planillas Nros. 9 y 10 anexas al presente artículo.

ARTICULO 5º

Como consecuencia de lo establecido en los artículos.

precedentes, apruébase el Esquema Ahorro - Inversión - Financiamiento para el ejercicio 2006, conforme al resumen que se indica a continuación:

ESQUEMA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO

CONCEPTO ADMINISTRACION CENTRAL ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL TOTAL

I-INGRESOS CORRIENTES 5.453.640.703 135.526.455 836.396.261 6.425.563.419 II-GASTOS CORRIENTES 4.323.551.243 153.063.731 1.031.507.750 5.508.122.724

III–RESULTADO ECONÓMICO AHORRO/

DESAHORRO (I-II)

1.130.089.460

-17.537.276

-195.111.489

917.440.695 IV-RECURSOS DE CAPITAL

48.217.005

248.325.550

-

296.542.555

V-GASTOS DE CAPITAL 320.475.209 608.919.575 936.900 930.331.684

VI-INVERSIÓN 272.258.204 360.594.025 936.900 633.789.129

TOTAL DE RECURSOS (I+IV)

5.501.857.708

383.852.005

836.396.261

6.722.105.974

TOTAL DE GASTOS (II+V) 4.644.026.452 761.983.306 1.032.444.650 6.438.454.408

VII-RESULTADO FINANCIERO ANTES DE CONTRIBUCIONES (NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO ANTES DE CONTRIBUCIONES)

857.831.256

378.131.301

-196.048.389

283.651.566

VIII-CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS

22.767.325

406.830.626

196.878.077

626.476.028

IX-GASTOS FIGURATIVOS 603.708.703 22.767.325 - 626.476.028

X-RESULTADO FINANCIERO (VII+VIII-IX)

276.889.878

5.932.000

829.688

283.651.566

XI-FUENTES FINANCIERAS 39.199.488 470.000 310.000 39.979.488

A-DISMINUCIÓN DE LA INVERSIÓN FINANCIERA

1.000.000

470.000

310.000

1.780.000

B-ENDEUDAMIENTO PÚBLICO E INCREMENTO DE OTROS PASIVOS

38.199.488

-

-

38.199.488

XII- APLICACIONES FINANCIERAS

309.536.150

12.955.216

1.139.688

323.631.054

-AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA Y DISMINUCIÓN DE OTROS PASIVOS

308.835.897

12.955.216

779.688

322.570.801

-INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORARIAS

700.253

-

360.000

1.060.253

XIII- CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS PARA APLICACIONES FINANCIERAS

21.521

6.574.737

6.596.258

XIV- GASTOS FIGURATIVOS PARA APLICACIONES FINANCIERAS

6.574.737

21.521

6.596.258

El nivel de Erogaciones autorizado en los artículos precedentes, que componen el Presupuesto de la Administración Provincial, se detalla en planilla anexa 11, en el nivel institucional y por objeto del gasto.

ARTICULO 6º

Fíjase el número de cargos de la planta de personal, incluyendo los correspondientes a Profesionales Universitarios de la Sanidad Oficial, en los siguientes totales:

CONCEPTO

PERSONAL

TOTAL

PERMANENTE

TEMPORARIO

ADMINISTRACION CENTRAL

93.401

92.220

1.181

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

3.822

3.777

45

INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

910

897

13

TOTAL ADMINISTRACION PROVINCIAL

(Capítulo I – Anexo 12)

98.133

96.894

1.239

Fíjase en TRESCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS DOCE (302.212) el número de horas de cátedra del personal docente.

Facúltase al Poder Ejecutivo a transformar cargos de la Planta de Personal fijada en el presente artículo a los fines de posibilitar la incorporación de personal de Seguridad.

ARTICULO 7º

Establécese como cupo fiscal máximo para el año 2006,

de la deducción del gravamen a que refieren los artículos 26 y 27 de la Ley Nro. 10.554, el importe de PESOS QUINIENTOS TREINTA MIL ($ 530.000), pudiendo el Poder Ejecutivo incrementar dicho cupo fiscal por hasta un CIENTO POR CIENTO (100%) durante el ejercicio 2006, según las posibilidades financieras del Estado Provincial.

ARTICULO 8º

Establécese como cupo fiscal máximo para el año 2006, la.

suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($1.300.000), de la desgravación impositiva prevista por el artículo 24 de la Ley Nro. 10.552.

ARTICULO 9º

A partir del 1° de enero de 2006, los ascensos de personal.

que se realicen por promociones –incluidas las de carácter automático-, y en uso de facultades del Poder Ejecutivo, así como los incrementos salariales que pudieren resultar de la aplicación de normas convencionales, legales o estatutarias que contengan cláusulas que impliquen aumentos automáticos de las remuneraciones de los funcionarios y empleados públicos de los diferentes Poderes del Estado Provincial, sea por aplicación de fórmulas de ajuste o de mejores beneficios correspondientes a otras Jurisdicciones, sectores, funciones, jerarquías, cargos o categorías, quedarán supeditados a la existencia de crédito presupuestario y se harán efectivos con los alcances y limitaciones establecidas en el artículo 141 de la Ley Nro. 24.013.

ARTICULO 10

Establécese que la Caja de...

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