Ley 12343

Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2004

REGISTRADA BAJO EL Nº 12343

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º

Disposición: Dispónese la plantación de "Retoños de Árboles Históricos" como símbolos de nuestra identidad nacional.

ARTICULO 2º

Objeto: El objeto de esta ley es fomentar la preservación de las especies arbóreas relevantes en nuestra historia, impulsando la plantación de las siguientes variedades:

  1. Una planta "Retoño del Pino de San Lorenzo" (pinus pinea o pino piñonero) en cada plaza principal o en la que invoque el nombre del ilustre prócer Gral. José de San Martín, de cada ciudad o pueblo de la provincia.

  2. Una planta "Retoño de la Higuera Histórica de la Casa Natal de Sarmiento" en cada plaza principal o en la que invoque el nombre del ilustre prócer Domingo Faustino Sarmiento de cada ciudad o pueblo de la provincia.

  3. En caso de que fuera inconveniente la extracción de retoños, se plantará uno simbólico de su misma especie.

  4. Una o más "plantas de ceibo" (erythrina crista-galli) Flor Nacional Argentina, en todos los espacios verdes de organismos dependientes de la administración pública provincial, en plazas, parques y paseos de jurisdicción municipal o comunal, cuando exista espacio mínimo e indispensable para el desarrollo de la especie.

ARTICULO 3º

Autoridad de Aplicación: Es autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, el que deberá comunicar fehacientemente a Municipalidades y Comunas quienes serán los agentes que tendrán la responsabilidad de plantar las especies, cuidarlas para su crecimiento y brindarles protección durante el tiempo que demande el mismo, su reposición y señalización por especie arbórea y reseña histórica.

ARTICULO 4º

Responsabilidad del Ministerio de Educación: El Ministerio de Educación es responsable de:

  1. Designar entre el alumnado del último curso de la educación general básica, en orden de mérito, no menos de tres alumnos por escuela primaria los que serán "custodios honorarios", incorporándolos a la "Permanente Guardia de Honor" el cuarto viernes de agosto de cada año, con motivo de la conmemoración del Día del Árbol, al tiempo que recibirán el "Certificado de Custodio Honorario en la Permanente Guardia de Honor".

  2. Establecer junto con los organismos competentes las normas a desarrollar dentro de la comunidad educativa, para fomentar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR