Ley 12055

Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2002

Registrada bajo el Nº 12055

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1º

Apruébase el Convenio suscripto en fecha 8 de Febrero de 2001, entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, en el marco del Decreto Ley N°505/58 y de la Ley Provincial N° 4.908 y sus modificatorios, ratificado por Decreto N° 1469/01 y se encuentra inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo Convenio N° 1.409, en fecha 07 de Junio de 2001, Folio 206, Tomo III, el que se agrega como anexo y forma parte integrante de la presente Ley.

ARTICULO 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr.Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 6 de noviembre de 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

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