Sentencia de SALA I, 26 de Noviembre de 2013, expediente CCF 006112/2013

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2013
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

C. 6112/2013 I “R. s/ medidas preliminares y de

prueba anticipada”.

Juzgado Nº: 5

Secretaría Nº: 10

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2013.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio y fundado a

fs. 23/24 contra la resolución dictada a fs. 22 –mantenida a fs. 25–, y CONSIDERANDO:

  1. El señor juez dispuso el inventario y descripción de los

    artículos en presunta infracción a las marcas de la actora –registradas en la

    clase 25– y el secuestro de un ejemplar de cada uno de los productos en tal

    condición. También ordenó que el titular del negocio o persona responsable

    produjera la información que prevé el artículo 39 de la ley 22.362. A tal fin,

    determinó que se prestara, con carácter previo, caución real por la suma de

    $ 40.000.

    La parte actora se agravia de la naturaleza de la caución

    establecida y, subsidiariamente, de su monto.

  2. En primer lugar, cabe recordar que, como principio general,

    la función de la contracautela es mantener la igualdad de las partes en el

    proceso, y es un medio que puede servir para asegurar, preventivamente, el

    eventual crédito de resarcimiento de aquellos daños que podrían resultar de

    la ejecución de la medida cautelar dispuesta, si en el proceso se revelare que

    fue infundada (cfr. causas 43.716/95 del 18796, 925/97 del 3497 y

    5863/01 del 17902, entre otras).

    Desde esta perspectiva, teniendo en cuenta la naturaleza de las

    medidas dispuestas, que no importan una prohibición u obstáculo a la

    actividad comercial del negocio donde se encuentra la mercadería en

    presunta infracción, ni cabe inferir, por ahora, que ellas le pudieran

    ocasionar algún perjuicio material a esta altura de las...

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