Por Leon Marco Gamberini

EmisorJuzgado Primera Instancia
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2015

POR

LEON MARCO GAMBERINI

Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Quinta Nominación Rosario, dentro autos “COMUNA DE PUEBLO ESTHER. C/ GUIDI, NORBERTO ANTONIO y OT. S/ APREMIO”, Expte. 508/2012, Martillero León Marco Gamberini (CUIT 20-06009377-7), venderá en pública subasta día 05 de noviembre de 2015 a las 11,00 hs. , en Puertas del Juzgado Comunal de Pueblo Esther, en estado de ocupación que consta en autos (DESOCUPADO), LA MITAD INDIVISA del siguiente bien inmueble: ““Un lote de terreno sito en el Distrito Alvear inmediaciones Pueblo Esther, de éste Departamento Rosario y Provincia de Santa Fe, designado con el número 19 de la manzana letra "F", en el plano archivado bajo el N° 58.365 del año 1969. Ubicado en la esquina que mira al Oeste y al Sud, formado por las calles El Payador y El Rodeo, compuesto de 12 metros de frente al Oeste por 38 metros de fondo y frente al Sud. Encierra una superficie de 456 m2. LInda al Oeste con la calle El Payador; al Sud con la calle El Rodeo; al Este con parte del lote 18 y al Norte con el lote N° 20, todos del mismo plano citado”- Dominio: Tomo: 376, Folio: 416, Nº 177.276, Departamento Rosario. Del informe registral consta a nombre del Sr. Norberto Antonio Guidi (se desconoce DNi) y registra siguiente gravámen.- EMBARGO: Tº 121 E, Fº 2572, Nº 357697, del 12/07/2012, por $ 4.943,87; orden juez y autos del rubro.- INHIBICIONES: 1) Tº 122 I, Fº 3713, Nº 331353, del 29/04/2010, por $ 4.851.- Autos: “BID CL QUIEBRA c/ GUIDI, NORBERTO ANTONIO s/ APREMIO” Nº 605/1994, en trámite ante el Juzgado de Distrito de la 11º Nom, de Rosario.- Saldrá a la venta con la base de $ 40.000; en caso de no haber postores, con una retasa del 25 % y de persistir la falta de interesados Y en caso de persistir la ausencia de postores, saldrá a la venta en tercera subasta con una base equivalente al 20 % de la base original. Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia (conf. Art. 19 inc. 11 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe) e IVA –si correspondiere- quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; excepto las tasas y servicios comunales que serán a cargo del comprador solamente a partir de su adquisición; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar. Quién resulte comprador deberá abonar el 10 % del precio de...

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